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11 de abril de 2006


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El interesante tema de las notificaciones judiciales de arbitraje enviadas mediante correo electrónico ha sido tratado recientemente en los tribunales ingleses y publicado en el último boletín informativo del estudio Holmes Hardingham.

En el caso de Bernuth Lines contra High Seas Shipping, el tema principal para el tribunal era si el arbitraje se había iniciado con legitimidad ya que la notificación de la designación del árbitro, y todas las presentaciones y órdenes subsecuentes, y el laudo habían sido transmitidos a través del correo electrónico.

El Artículo 76(3) de la Ley (inglesa) de Arbitraje de 1996 estipula que una notificación u otro documento podrán ser entregados “a través de cualquier medio efectivo”. En sus demandas de arbitraje Bernuth objetaba al uso de correos electrónicos por parte de High Seas para efectuar notificaciones. Decían que los correos electrónicos no eran un “medio efectivo” y la gente en su oficina que los habían recibido los había ignorado pensando que eran correo basura (spam).

El tribunal no estuvo de acuerdo con ese punto de vista y sostuvo que un correo electrónico es un medio efectivo de notificación. Los correos electrónicos fueron simples y claros, y no mostraban ninguna de las características de los correos basura. La solicitud de anular el laudo fue rechazada.

Tema extraído de www.HHlaw.co.uk



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